28 de Noviembre de 1997

Creación de la Secretaría de Coordinación para la División Territorial del Partido de Lomas de Zamora

Decreto del Intendente de Lomas Zamora Juan Bruno Tavano N°3284/97. Rubricado por Juan Bruno Tavano y Antonio Carlos Pisani. Convalidado por Ordenanza N°8439 del 18/12/1997, rubricada por la Dra. Viviana Arcidiacono y por Ana Rosa Tranfo por parte del HCD

Juan Bruno Tavano
Juan Bruno Tavano

Juan Bruno Tavano, intendente de Lomas de Zamora 1991-1999

Lomas de Zamora, 28 de Noviembre de 1997

VISTO:

El compromiso asumido entre las comunidades de las ciudades de Llavallol, San José, Temperley y Turdera por el Sr. Gobernador de la Pcia. de Buenos Aires, Dr. Eduardo A. DUHALDE, el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados de la Pcia. de Buenos Aires, Don Osvaldo MERCURI, y por esta Municipalidad, en cuanto a la creación de un nuevo Municipio que dividirá el actual Partido de Lomas de Zamora y que contendrá en el mismo a las localidades antes mencionadas; y

CONSIDERANDO:

Que es de fundamental importancia para el Departamento Ejecutivo promover el desarrollo de acciones que permitan un acercamiento más fluido entre la Comuna y sus vecinos, y cuya dinámica favorezca los intereses de los mismos.

Que, a efectos de poder ir arbitrando los mecanismos tendientes a la creación del nuevo Municipio, es necesario vincular la intervención de organismos nacionales, provinciales y la Municipalidad de Lomas de Zamora conjuntamente con las fuerzas vivas de la Comunidad.

Que, a efectos de poder desarrollar estas acciones dinámicas y de vinculación, se hace menester contar con un área específica que atienda las cuestiones técnico-administrativas propias de estas tareas.

POR ELLO

El Intendente Municipal, en uso de las atribuciones que le son propias,

DECRETA

ARTÍCULO 1°: Dispónese la creación de la Secretaría de Coordinación para la División Territorial del Partido de Lomas de Zamora, cuya duración está prevista desde el 1° de Enero de 1998 hasta el día de asunción de las autoridades electas del nuevo Municipio a crearse.

ARTÍCULO 2°: Serán sus objetivos, el de constituirse en un área de vinculación y administración que permita asistir en todo lo concerniente al período de transición, y hasta la real puesta en funcionamiento del nuevo Municipio; como asimismo entender en todo lo concerniente a los pormenores técnicos y administrativos necesarios, para lo cual contará, de ser necesario, con la asistencia del resto de las Secretarías de esta administración.

ARTÍCULO 3°: Será función asimismo de la Secretaría, crear un Consejo Asesor "ad honorem" para el aporte de opiniones e ideas sobre temas concernientes a los fines determinados, y cuya conformación oportunamente se establecerá.

ARTÍCULO 4°: A los efectos del gasto que demandará el funcionamiento de la nueva área, dése ingerencia a la Secretaría de Economía y Hacienda.

ARTÍCULO 5°: Dése intervención al H.C.D. a efectos de que por su intermedio se proceda a la convalidación de la presente.

ARTÍCULO 6°: Dése al Libro copiador de Decretos, publíquese y cúmplase. Tomen conocimiento las Secretarías de Gobierno, de Obras y Servicios Públicos, Economía y Hacienda, Coordinación General y Planificación, Promoción de la Comunidad; Salud Pública y Acción Social, las Delegaciones Municipales de Llavallol, San José, Cuartel IX, la Delegación Municipal de Banfield y por intermedio de las mismas las Dependencias competentes y oportunamente ARCHIVESE.-

Firmado:

Juan Bruno TAVANO (Intendente Municipal)

Antonio Carlos PISANI (Secretario de Gobierno)

Biblioteca del Cabildo Abierto del Municipio de TemperleyBiblioteca del Cabildo Abierto del Municipio de Temperley

Seguinos